sábado, 16 de octubre de 2010

IVA al comercio electrónico

La AFIP determinó que desde mayo de 2010, los portales de venta de Internet pasaron a ser agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado.
Esta medida recae sobre los vendedores habituales en la red, que registren al menos 10 operaciones mensuales.
Los portales que intermedian entre compradores y vendedores deben extender factura electrónica al vendedor por el monto de la habitual comisión por transacción, más la retención de IVA correspondiente (varibale entre el 3 y el 10%) .
Se teme que los pequeños vendedores migren a servidores del exterior.

Nota completa: infotechology

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